viernes, 24 de septiembre de 2021

DELITOS DE ODIO

 

Hasta donde yo sé, que no es mucho pues pasé dos años por la facultad de Derecho sin pena ni gloria, el Derecho Penal está codificado para sancionar hechos considerados punibles. Y la única garantía del ciudadano frente a una condena injusta, es que se le acuse formalmente delante de un juez, que este instruya el sumario con todas las garantías de defensa, y que quien le acuse demuestre los hechos. Una vez probado el hecho, si está previsto en el Código Penal y este le asigna una pena mínima y una máxima, el juez aplica la que considere más oportuna en función de su criterio. Afortunada o desafortunadamente, tenemos un Derecho Penal muy garantista, que exige muchísimos requisitos para que alguien cumpla una pena. Afortunadamente, digo, si eres el acusado; y desafortunadamente si eres la víctima, pero este es otro cantar.

Sin embargo, a nada que uno esté atento a periódicos, radio o televisión habrá oído hablar de manera insistente en los últimos tiempos del “delito de odio”. Todo el mundo acusa a alguien de delitos de odio… y casi siempre son los mismos, los que acusan al mismo “alguien”. Pero este también es otro cantar, no nos desviemos. La pregunta es: ¿se puede condenar a alguien, no por unos hechos sino por un sentimiento? Pues parece que sí, lo cuál me convierte a mí en un delincuente irredento. Sí, delincuente porque hay cosas que odio con toda mi alma; e irredento porque no tengo ninguna intención de dejar de odiarlas. Y usted también, reconózcalo, aunque no odiemos las mismas cosas. Yo odio escuchar en la radio a un comentarista deportivo, dando gritos como si lo estuvieran degollando y pegándole patadas al diccionario de la Real Academia. Odio los programas de cotilleos, donde aparecen cinco rabaneras gritando histéricas, insultando y agitando las manos como si les estuvieran mordiendo el culo, y un par de floripondios destilando leche agria. Odio los llamados reality show -espectáculo de la realidad, para los que no sepan español- en los que alguien nos desnuda su intimidad sin pudor, sacando sus más bajos instintos y exhibiendo la calidad de su educación, aún a costa del buen nombre de quien se la dio. Odio que quieran dirigirme hasta el punto de imponerme un lenguaje, unas ideas y una moral distintas de las que me enseñaron mis padres. Hay otras cosas que odio, pero no es cuestión de enumerarlas aquí. Como usted, insisto, tendrá otras tantas cosas o personas con las que no estará dispuesto a reconciliarse.

¿Somos unos delincuentes por eso? Pues no, porque usted, que pasó por la facultad de Derecho con más aprovechamiento que yo, ya se estará revolviendo en su asiento y pensando que no existe el delito de odio, sino que lo que en realidad regula el Código Penal es la incitación al odio que, aunque parezca igual, no es lo mismo. Aunque eso tampoco lo sepan los que dan y comentan las noticias. Y lo que es mas grave, ni los mismos políticos que han votado esa ley. Pues a pesar de todo, me sigue pareciendo una barbaridad ¿quién puede condenar a nadie por emitir su opinión acerca de algo o de alguien? Eso es ni más ni menos que un delito de opinión, expresamente prohibido por nuestra Constitución. Pero, en fin, doctores tiene la Iglesia y letrados tienen las Cortes, como para que venga yo a meterme en su trabajo.

Por todo lo anterior, en cambio, aprovecho para pedir que se regule el delito de incitación al asco, y así poder denunciar a alguien cuando venga a contarme cómo comía su jefa en la cena de Navidad. O el de incitación al desprecio, para que nadie pueda contar los métodos que utiliza un compañero suyo para ascender en la empresa. También convendría regular el delito de incitación a la ira, de manera que a nadie puedan darle la noticia de que está siendo engañado por su marido o por su mujer. Sin dejar por supuesto, de prohibir todas las películas y libros de terror por incitación al miedo. Así como las que acaben mal, por incitación a la tristeza.

Nos estaría bien empleado, por dejarnos manipular…